La cláusula del redondeo

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Allá por el año 2004, sí, sí, en los albores de la burbuja inmobiliaria, las entidades financieras ya se encontraban haciendo de las suyas, y la por entonces Caixa Tarragona se inventó la cláusula del redondeo.

¿En qué consistía la cláusula del redondeo? Muy sencillo, en redondear al alza hasta el cuarto de punto inmediatamente superior, el tipo de interés a aplicar en cada revisión hipotecaria.

Es decir, que si el tipo de interés resultante de sumar Euríbor y diferencial fuera, por ejemplo, del 3,01%, los de Caixa Tarragona te aplicaban, así, sin más, el 3,25%, y se quedaban tan anchos.

Ya por entonces, Ausbanc denunció esta práctica por abusiva, y por no guardar equidad entre los derechos y los deberes de las dos partes involucradas en el contrato hipotecario, una denuncia que ha ido siguiendo sus trámites judiciales y que todavía se encuentra en proceso de finalizar.

Y es que en enero el Tribunal Supremo determinó que, efectivamente, la cláusula era abusiva y condenó a CatalunyaCaixa, el grupo donde se encuentra ahora Caixa Tarragona, a devolver el dinero cobrado de más a sus clientes, y delegó en el Juzgado de Instrucción número 44 de Barcelona, para que hiciera cumplir la sentencia.

Pues bien, el Juzgado barcelonés había fijado el 25 de mayo como fecha límite para que CatalunyaCaixa presentara la lista de todos los clientes afectados por este redondeo al alza, con el objeto de comenzar la devolución de estas cantidades.

Sin embargo, CatalunyaCaixa ha decidido recurrir este plazo ante la Audienca Provincial de Barcelona, alegando incompatibilidades con la Ley de Protección de Datos, la cuál impide a la entidad el hacer públicos los datos de sus clientes.

Ahora habrá que ver que dictamina la Audiencia, aunque todo apunta a que mantendrá, si no el plazo, si la petición, del Juzgado de Instrucción para que los clientes puedan recibir su compensación a la mayor brevedad posible.

Y es que todo apunta a que CatalunyaCaixa está intentando ganar tiempo antes de verse en la tesitura de tener que devolver todo el dinero cobrado de más, demasiado dinero para los tiempos de escasez de liquidez que estamos viviendo.

2 pensamientos en “La cláusula del redondeo

  1. piedra

    ¿Y se les devolverá el dinero también a aquellos a los que les hayan embargado la vivienda por no poder hacer frente a la hipoteca?
    En fin, si al final se ven obligados a hacerlo, siempre pueden pedir al gobierno que se haga cargo de la deuda.

  2. dabeman

    Juridicamente habria que demostrar que el embargo fue motivo del diferencial, y que en caso de no haberse redondeado el embargo no se habria producido. Demostrar esos es casi imposible por lo que dificil veo que pudiera pasar piedra.

    Otro tema es que en caso de que alguien intentase esa demanda salrldria “afectados” hasta de las farolas para ver que pueden chupar, como está pasando en Lorca, que están pidiendo ayudas cientos de personas que no tienen derecho a ellas. Ese abuso ha provocado tener que organizar un censo de afectados para controlar a los carroñeros que hacen cola entre los afectados legitimos y que provocan entre otras la ineficiencia y retraso del sistema. Así somos! (lo mismo paso el 11M que habia mas solivlcitudes de afectados que gente cabía en los trenes)

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