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Los estafados resucitan a Franco para intentar recuperar su dinero

Queda inaugurado este pantano...

Queda inaugurado este pantano...

La legislación del franquismo defendía más activamente al consumidor que la actual. O eso parece desprenderse de una noticia que acaba de saltar a la actualidad y que aporta nuevas esperanzas de recuperar su dinero para algunos colectivos, víctimas de estafas inmobiliarias.

Una de las peores pesadillas por las que puede pasar una persona es comprar un piso sobre plano, poner el dinero, hipotecarse incluso, y que la promoción no se llegue a terminar, ya sea por estafa, quiebra de la promotora, o cualquier otra circunstancia que conduzca a que el dinero desaparezca misteriosamente sin que por él te lleguen a entregar la anhelada vivienda.

Hasta ahora, cuando se daba un caso, la víctima tenía que acudir a la justicia para que le diesen la razón pero le recordasen, a continuación, que la promotora había quebrado y que, no existiendo patrimonio, no había gran cosa que hacer para obtener el pago de una sociedad anónima.

Sin embargo, un grupo de compradores británicos que resultaron estafados en una promoción inmobiliaria de Hellín, en la provincia de Albacete, contrataron los servicios de un gabinete jurídico que se lanzó a bucear en la legislación no derogada del franquismo hasta que encontró la ley 57/1968 de 27 de julio de 1968.

Y a esa ley, amigos, hay que echarle un ojo, porque invocándola han conseguido que el banco que financiaba la promoción se haga responsable de las cantidades aportadas por los clientes, y lo dice con tanta claridad que el banco afectado ya está pagando y ni siquiera se ha tomado la molestia de recurrir la sentencia.

Empiezo copiando y pegando lo que decía el legislador del año 68, porque no tiene desperdicio:

La justificada alarma que en la opinión pública ha producido la reiterada comisión de abusos, que, de una parte, constituyen grave alteración de la convivencia social, y de otra, evidentes hechos delictivos, ocasionando además perjuicios irreparables a quienes confiados y de buena fe aceptan sin reparo alguno aquellos ofrecimientos, obliga a establecer con carácter general normas preventivas que garanticen tanto la aplicación real y efectiva de los medios económicos anticipados por los adquirentes y futuros usuarios a la construcción de su vivienda como su devolución en el supuesto de que ésta no se lleve a efecto.”

Y después de esto, folio y pico de ley, nada de cincuenta páginas. Siete artículos en total, pero con uno tan devastador, y tan clarito como el artículo primero (no se esperan a más tarde) que dice:

Artículo primero.

Las personas físicas y jurídicas que promuevan la construcción de viviendas que no sean de protección oficial, destinadas a domicilio o residencia familiar, con carácter permanente o bien a residencia de temporada, accidental o circunstancial y que pretendan obtener de los cesionarios entregas de dinero antes de iniciar la construcción o durante la misma, deberán cumplir las condiciones siguientes:

Primera.

Garantizar la devolución de las cantidades entregadas más el seis por ciento de interés anual, mediante contrato de seguro otorgado con Entidad aseguradora inscrita y autorizada en el Registro de la Subdirección General de Seguros o por aval solidario prestado por Entidad inscrita en el Registro de Bancos y Banqueros, o Caja de Ahorros, para el caso de que la construcción no se inicie o no llegue a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido.

Segunda.

Percibir las cantidades anticipadas por los adquirentes a través de una Entidad bancaria o Caja de Ahorros, en las que habrán de depositarse en cuenta especial, con separación de cualquier otra clase de fondos pertenecientes al promotor y de las que únicamente podrá disponer para las atenciones derivadas de la construcción de las viviendas. Para la apertura de estas cuentas o depósitos la Entidad bancaria o Caja de Ahorros, bajo su responsabilidad, exigirá la garantía a que se refiere la condición anterior.”

O sea, que el dinero se devuelve en todo caso, y que si no se devuelve, el banco, bajo su responsabilidad, se hace cargo del pufo por no haber pedido las garantías necesarias.

Y la ley sigue vigente porque nadie la ha derogado, con lo que el banco sigue siendo responsable.

Espero que a alguien le sea útil todo este tema.

Aquí va el enlace al BOE por si alguien lo necesita.

Los bancos avalan con hipotecas

A la rica hipoteca, oiga

A la rica hipoteca, oiga

Una vez más se demuestra que el mundo real no tiene nada que ver con la banca, y viceversa. Las entidades financieras españolas viven en su propio universo paralelo y poco o nada quieren saber de lo que está pasando en el día a día de los ciudadanos, protegiéndose en la obtención de sus propios beneficios y apuntando a su propia recuperación.

Vamos por partes. En un escenario en el que las entidades financieras están siendo rescatadas de manera permanente por parte de los gobiernos europeos, éstas siguen dando beneficios a sus accionistas, menos que antes, es verdad, pero beneficios al fin y al cabo, y ahora resulta que se están aprovechando de sus clientes para obtener liquidez.

Te cuento, resulta que las entidades financieras están presentando las hipotecas privadas, la de las familias, como aval ante el BCE para obtener liquidez. Es decir, mientras que por un lado niegan las hipotecas por activa y por pasiva, y cuando las conceden lo hacen a tipos de interés claramente prohibitivos, por otro están presentando un activo claramente seguro ante las autoridades financieras europeas para obtener beneficio propio.

Y es que en un mundo en el que la morosidad no hace sino incrementarse de manera permanente encontrarse con un activo financiero con un 3,4% de morosidad (según el dato de septiembre de 2012, último disponible) es una bicoca que el BCE sabe apreciar y la banca española utilizar.

Sin embargo, los ciudadanos pedimos desde el pleno derecho que las autoridades españolas impongan un cierto nivel de exigencias a las entidades financieras para que todo el beneficio que obtienen de la buena voluntad de los ciudadanos, buena voluntad que tiene que ver con aceptar los abusos habituales que se están produciendo, sea revertido en la propia sociedad.

Por ejemplo, se debería de fijar por ley un máximo para los diferenciales que se aplican en las hipotecas, de manera que el tipo de interés que acabe por afectar al ciudadano hipotecado sea menor. De esta manera se facilitaría el acceso de los ciudadanos a la financiación hipotecaria, porque la baja morosidad de estos préstamos justificaría claramente unos diferenciales mucho menores.

Lo que cuesta el tiempo.

Poltergeist de la lógica

Poltergeist de la lógica

Todos los que tenemos una hipoteca lo sabemos: el tiempo cuesta dinero, y cuanto más tiempo pedimos, más dinero nos cuesta, y mayores son los avales que nos piden, y más estricitas las condiciones impuestas por el que da el préstamo.

Y si lo sabemos todos, ¡oh cielos!, ¿cómo es posible que nuestro Gobierno no se haya enterado y siga jugando aún al escondite con el rescate?

En Junio se aprobó el rescate de la banca española, luego la cosa se pospuso un poco por aquello de que había que hacer una auditoría externa, ya que los datos presentados por el Tribunal de Cuentas, el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores no se lo creía ni la esposa de Jonás. ¿Y luego?

Luego vino Rajoy a decir que había sido un gran triunfo de España, que no había condiciones que cumplir y que era mejor esperar. Esperar a las elecciones gallegas. Esperar a las elecciones vascas. Esperar ahora posiblemente a las catalanas mientras el que presta el dinero, Alemania sobre todo, empieza a convencerse de que a gente así es mejor no prestarle ni el patinete, así que mucho menos la archimillonada de euros que vamos a necesitar.

La prudencia es siempre buena consejera, pero el diletantismo no es prudencia, sino desidia, pro más que todos conozcamos a gente que lo deja todo para mañana con la excusa de que lo va a pensar mejor.

Quizás sea bueno dejar las cosas claras: tenemos que pedir prestado, porque no tenemos dinero. El que presta, pone sus condiciones, que se toman o se dejan. Tratar de imponer los plazos nos va acostar un pico, como nación, igual que nos costaría como particulares si hiciésemos esta chorrada al pedir una hipoteca.

Lo entiendo todo el mundo, pero el Gobierno, no.  ¡Hay que jorobarse!

Hipotecas, deudas y bonos.

Somos prisioneros

Somos prisioneros

Si no fuese tan trágico, me daría la risa: al Gobierno se le ha ocurrido por aquí hablar de la figura de los hispabonos, y ya hay un montón de gente echándose las manos a la cabeza por lo descabellado de la propuesta. De hecho, como se lleguen a aprobar van a ser una fuente inagotable de conflictos y un sumidero de de dinero.

¿Y qué son los hispabonos? Son unos títulos de deuda pública mediante los cuales el Estado garantiza la deuda de las autonomías, con un mecanismo que hace que unas autonomías se hagan responsables y avalistas de las deudas que contraigan las otras. ¿Les parece bien a los murcianos tener que pasgar las deudas que contraiga el Gobierno extremeño? ¿Les parece bien a los navarros pagar la deuda de Galicia?, ¿le parece bien a Madrid y Cataluña avalarse las deudas entre ellos? La verdad es que no, y antes aún de que se haya aprobado la emisión de esta herramienta financiera ya ha comenzado la gresca.

Esto lo entendemos todos, ¿verdad? Pues aún así nos empeñamos a que a los holandeses, los alemanes y los austriacos les parezca bien pagar nuestras deudas. Somos capaces de comprender que dentro no parece razonable, pero no queremos entenderlo fuera e insistimos en mandangas como la insolidaridad y el odio a los niños pequeños. Los países del centro de Europa no quieren oír hablar de eurobonos porque eso supone dar dinero a países donde no controlan el presupuesto. La contrapartida, obviamente, es pedir el control sobre los presupuestos generales del Estado y su ejecución, pero conceder eso significa, ni más ni  menos, convertirse en una colonia.

¿Avalarías la  Volver a la botica de la abuela de tu vecino de portal?, ¿avalarías la hipoteca de tu vecino de calle?, ¿avalarías la deuda de los locales comerciales del edificio donde vives? ¿Pagarías la hipoteca del edificio de enfrente sin que te diesen voz y voto en sus cuentas?

A lo mejor la respuesta a todo este maremágnum está en estas preguntas tan simples.

La trampa del avalista

Buena trampa nos han hecho

Buena trampa nos han hecho

Esta misma semana hablábamos de la nueva reforma hipotecaria planteada por el Gobierno y aprobada por el Parlamento, y aunque las asociaciones de consumidores pedían más, nos parecía que podía tener algún aspecto positivo que debía de ser valorado en su justa medida, pero una vez que nos adentramos en el texto descubrimos algún aspecto ciertamente sospechoso, sobre todo el referente a los avalistas.

Y es que si una familia se encuentra en riesgo de exclusión social, pero el avalista que firmó en el momento de constitución de la hipoteca no lo está, será éste el que tenga que hacer frente al pago de las cuotas y el que se responsabilice del resto de la deuda pendiente.

La única posibilidad para que el avalista no tenga que hacer frente al pago de la deuda es que él mismo se encuentre en la zona de la exclusión social, con los mismos requisitos que el titular hipotecario, pero si tiene la solvencia mínima exigida por ley tendrá que hacer frente al pago de la deuda.

Esta cláusula resta importancia a la reforma hipotecaria, ya que aunque es cierto que se libera a los titulares hipotecarios de su responsabilidad para con la deuda, ésta recae de lleno en los avalistas que, generalmente, se encontrarán en situaciones problemáticas desde un punto de vista económico, no para entrar dentro de la exclusión social pero sí para no poder hacer frente al pago de sus deudas más la hipoteca sobrevenida.

Las asociaciones de consumidores y de hipotecados han criticado esta cláusula, y con razón, porque no se puede intentar ayudar a una familia en situación de exclusión social provocando que otra entre en esa zona o se quede muy cerca de alcanzarla.

Por el contrario, cuando los titulares hipotecarios se encontraran en estado de exclusión social deberían de poder acogerse a la dación en pago directamente, sin la posibilidad de que los avalistas se tengan que hacer cargo de la deuda, a no ser, claro está, que éstos mostrarán su interés en hacerlo.

En definitiva, nos encontramos con un claro impedimento a la aplicación de la reforma hipotecaria del gobierno que permitirá que los bancos puedan salvar la situación con cierta holgura.

La dación en pago de una hipoteca. El lado amargo

Bueno... Pues si no quieren pagar, que no paguen... Déjalos que decidan...

Bueno... Pues si no quieren pagar, que no paguen... Déjalos que decidan...

La gente siempre ha querido las cosas gratis, sin pagar un duro, por su cara bonita y porque ellos lo valen. En este país siempre ha sido popular el robo y héroes los bandoleros, pero creo que últimamente estamos sufriendo una gran oleada de descaro al pedir que se haga lo que sea, lo que haga falta, para que las deudas caduquen y el todogratis se extienda por el mundo.

Lo primero que he visto en ese sentido han sido varias movilizaciones  exigiendo la renta mínima ciudadana, que es un sueldo mínimo al que se tendría derecho sólo por nacer. No voy a repetir aquí los maravillosos razonamientos de los que piden tal cosa, pero sí os diré algo: cuando todo el mundo tiene cuatrocientos euros, esa cantidad equivale a cero.

En segundo lugar, me ha llamado la atención la verdadera bronca que organizan las asociaciones de internautas ante cualquier amenaza contra el todogratis de las pelis, el todogratis de las series, y el todogratis de la música. Se les llena la boca hablando de cultura, de compartir, de crear sociedad, cuando lo cierto, lo real, es que a ellos puede que le importen esas cosas, pero a una abrumadora mayoría de internautas lo que les importa es poder descargarse lo que quieran, gratis, y sin publicidad. Lo novedoso no es que se robe: lo novedoso es que se creen pretextos tan complejos para defenderlo.

Lo último y más apropiado para esta web es el tema de la dación en pago. Se comenta alguna sentencia en la que se dice (habría que leerla) que entregar el piso debería ser suficiente para cancelar una hipoteca. Y yo digo que sí, que es verdad, y que propongo que se haga así, pero con la hipotecas que se constituyan a partir de ahora. Las otras se constituyeron con unas normas, y se deben cumplir esas normas. Si para las nuevas acordamos eso, pues que así sea.

Y ahora os pregunto yo: ¿qué tipo de interés tendrían esas nuevas hipotecas que se podrían liquidar con darle el piso al banco?, ¿a cuántos años prestarían el dinero?, ¿a quién se lo prestarían?, ¿en qué condiciones? Pensemos un poco y hagamos conjeturas…. el que se atreva.

O sea que muy bonito todo, pero si podemos cancelar una hipoteca entregando el piso, tened en cuenta que esa hipoteca quizás no sería para nosotros. Lo cual, si me lo permitís, da lugar a una última pregunta : ¿Estamos todos tontos por pedir semejante cosa?