
Grifo socialista.
Una de las novedades del nuevo IRPF 2010 es que las plusvalías pasan a tributar del 18 % anterior a dos nuevos tipos: el 19 % para los primeros 6.000 euros y el 21 % para el resto.
Sin entrar ahora a valorar si esto es positivo o no, si redistribuye la riqueza o simplemente ahuyenta al inversor, creo que es importante saber cómo se calculan estas plusvalías, en especial en el caso de la venta de vivienda.
En el caso de las acciones, la cosa está clara: plusvalía es lo obtenido por la diferencia entre el valor de compra y el valor de venta de los valores, teniendo en cuenta que el valor se actualiza anualmente según el IPC.
En el caso de la venta de vivienda la cosa es mucho más complicada, porque dependiendo de la antigüedad de la vivienda y del momento de su adquisición se puede uno acoger a distintas valoraciones y distintas tablas de actualización, pero fundamentalmente estamos ante el mismo procedimiento: tomar el valor de adquisición y convertirlo en su valor a día de hoy para luego ver la diferencia, actualizada, entre el precio de compra y el de venta.
Lo explico con un ejemplo:
Compramos en 1998 un piso por dieciséis millones de pesetas y lo vendemos hoy por doscientos mil euros. Por tanto, tenemos un valor de compra de 100.000 euros y un valor de venta, de 200.000 euros.
Pero como cien mil euros del año noventa no son lo mismo que cien mil euros de hoy, hay que actualizarlos. Esto se hace multiplicando por la tasa de actualización, que es el producto de todos los IPC desde 1990 hasta hoy. En este caso, la moneda se ha devaluado un 36,3 % con lo que el cálculo será: 200.000 euros de precio de veta menos 136.300 euros de precio de compra. Total: 63.700 euros de plusvalía.
Sobre esos 63.700 euros es sobre los que tendremos que pagar, a razón del 19 % para los 6000 primeros y del 21 % para el dinero restante. Lo que tendríamos que pagar, entonces, serían 12.631 euros de impuestos.
No obstante, es importante aclarar dos modos de pagar menos plusvalía:
-Al valor de compra se le puede añadir también el de las reformas necesarias que se hayan realizado. Es decir: si el piso se compró en mal estado, se puede añadir a su coste de adquisición la reforma que se hiciese. Siempre, claro, está, que se conserven las correspondientes facturas.
-Cuando el inmueble que se vende es primera vivienda, si el dinero que se obtiene de la venta del piso se destina a comprar otra primera vivienda, todo lo que se gasta en la adquisición de la nueva está exento de pagar impuestos. Se trata de la deducción por reinversión.
En el ejemplo que pusimos, si se compra otra vivienda de 220.000 euros, no se pagaría nada. Pero cuidado: si se solicita una hipoteca por importe superior, la desgravación mengua. Lo explico:
Vendimos la vieja por 200.000, compramos la nueva por 220.000 y pedimos una hipoteca de 80.000, sólo podemos desgravar por reinversión 140.000. Del resto, pagaríamos como campeones.
Sólo un apunte más antes de terminar: ahora que ya sabéis la importancia del IPC para calcular este impuesto, además de para actualizar los salarios, ¿comprendéis la magnitud del timo que nos cae cuando maquillan el IPC y nos dicen que es menor a lo que fue realmente?, ¿comprendéis la clase de estacazo que nos cayó al entrar en el Euro?
Pues eso.
Que 2010 nos sea leve.