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Impuestos proporcionales y progresivos (la trampa saducea)

trampaLa ideología es una zanahoria que a menudo nos lleva a dar vueltas a una noria que, efectivamente, saca agua, pero no para nosotros. Una vez que entramos en la dinámica de creer lo que nos dicen sin reflexionarlo por nuestra cuenta acabamos en el voluntarismo. Y el voluntarismo es la carcoma de la lógica.
Para salir de semejante laberinto no queda más remedio que volver al principio y buscar las definiciones que nos ayuden a comprender la verdadera naturaleza de las cosas. Si me lo permitís, vamos a ello:

Los impuestos son el mecanismo que utilizan los Estados para obtener recursos de los ciudadanos y destinarlos a pagar los servicios públicos y los otros gastos de la administración.

Son proporcionales los impuestos en los que se paga un porcentaje o proporción fijo, como el IVA. Si gastas 100, pagas 16. Si gastas 200, pagas 32. En este tipo de impuesto, también pagan más los ricos que los pobres, pero proporcionalmente.

Son progresivos, como el IRPF, cuando al subir la renta, sube el porcentaje de lo que pagas. Si ganas 20.000 pagas el 20 % (4000) y si ganas 50.000 pagas el 45 % (22.500). Con este sistema, el rico paga muchísimo más que el pobre y es el mecanismo que recoge nuestra Constitución.

En las naciones desarrolladas los impuestos son progresivos con el fin de redistribuir la renta. Y Ahora vienen las preguntas que tratan de evitar algunos políticos y yo os planteo para devolver el debate a su origen:

Si es normal que los impuestos sean progresivos para las personas, ¿por qué no lo son para las empresas, que pagan a un tipo fijo independientemente de su tamaño?

Si es normal que los impuestos sean progresivos para las personas, ¿por qué no lo son para los territorios, y las Comunidades Autónomas pagan todas igual, ya sean ricas o pobres?

Como veis, sólo a los ciudadanos se les aplica la progresividad. Las empresas y las Comunidades Autónomas se siguen agarrando como fieras a la proporcionalidad para pagar simplemente el doble cuando ganan el doble. Y a veces, ni eso.

Y de este “detalle” depende que podamos pagar nuestra hipoteca, nuestras cuentas, nuestro trabajo, y otras minucias semejantes. O sea que pensemos sobre ello y sobre por qué lo hemos oído tan pocas veces.

 

 

¿Qué es el SWAP? (MUY PELIGROSO. Comprobad YA MISMO si lo tenéis)

Cuando se acaba la sequía y la langosta, inventan plagas nuevas.

Cuando se acaba la sequía y la langosta, inventan plagas nuevas.

Sí, amigos, se ha confirmado: parió la abuela.

Dicen en mi tierra que lo único que les viene a los pobres de cara es el viento y el agua cuando van en bicicleta, y una vez más se ha confirmado la desconfianza, o la sabiduría popular, que vienen a ser sinónimos a fuerza de experiencia.

Durante todo el año pasado, cuando más altos estaban los tipos de interés y la gente se aterrorizaba pensando en las consecuencias de que pudiese seguir subiendo el Euribor, los bancos se lanzaron a la venta desenfrenada de un producto financiero complejo y pensado para mercados fluctuantes a corto y medio plazo: el SWAP. No siempre se llamaba así: otras veces le llamaron IRS, “bono clip“, “clip“, permuta financiera, contrato cobertura hipoteca, cuota segura o cobertura de tipos. Muchos nombres para el mismo perro.

Era tan importante para ellos, que muchas entidades convirtieron en obligatoria su comercialización para los empleados y llegaban a sancionar con retiradas de pluses de productividad a los  que no vendían un número mínimo de SWAP al mes.

No os voy a cansar ahora poniendo enlaces a foros y noticias de periódicos nacionales recomendado este producto por sus bondades, porque son docenas. Lo que sí voy a intentar es explicaros por qué ha resultado un fiasco desastroso para miles de familias y tratar de poneros alerta sobre lo que puede pasar si alguno lo habéis contratado durante 2008 y no ha llegado el momento de su vencimiento.

Vamos a lo práctico, si os parece:

En primer lugar, el SWAP no se firma necesariamente en el momento de formalizar la hipoteca, sino que se puede firmar en cualquier instante posterior, así que si habéis ido al banco porque os han propuesto un sistema para cubriros de las subidas de tipo, id echando humo a buscar lo que habéis firmado.

Lo que hay que saber del SWAP es que es una especie de póliza de seguro contra las fluctuaciones, ya sean monetarias, de valor o de tipo de interés, y que se utiliza para estabilizar las transacciones en mercados volátiles, como los de las materias primas agrarias o el mercado de divisas.

El SWAP, por tanto, no está pensado para el mercado hipotecario, y su utilización es un claro ejemplo de mala fe por parte de los bancos, lo que unido a su enorme complejidad puede dar lugar a una reclamación por información insuficiente al usuario sobre su mecánica.

En el caso de las hipotecas, que es lo que nos interesa, el SWAP se vendió como una póliza de garantía de que aunque subiese el Euribor el cliente no sólo pagaría el mismo interés sino que además sería el banco el que abonase la diferencia, convirtiendo una hipoteca variable en una de tipo fijo, en la práctica, y con un descuento.

Un ejemplo: tenías la hipoteca a Euribor + 0,50 y cuando el Euribor llegó al 3,75 % y estabas ahogado, el banco te propuso un SWAP. A partir de ese momento, sólo pagabas el 4,25 % como máximo, subiese a donde subiese el tipo de interés, y además, el banco te abonaba en efectivo la parte de interés que no habías llegado a pagar. Sí, habéis leído bien: Si tenías un SWAP por 10 años al 4,25 y el interés llegaba, por ejemplo, al 6%, el banco te pagaba la diferencia entre el 4,25 y el 6, durante esos diez años. No sólo no pagabas, sino que cobrabas la diferencia.

La jugada, por supuesto, está en que los bancos sabían que iba a pasar lo contrario, porque nadie mejor que ellos conocía el cáncer del sistema financiero. Y lo contrario es lo siguiente: si firmaste un SWAP al 4,25 y los tipos bajan, como han bajado, no sólo sigues pagando el 4,25 y no te afectará de ninguna manera la bajada del Euribor, sino que debes pagar al banco la diferencia entre el actual Euribor y el contrato SWAP en concepto de coberturas. O sea, que pagas la cuota de la hipoteca y la diferencia entre el tipo de interés actual y el que firmaste. No sólo no te reducen la cuota, sino que pagas a mayores el contrato SWAP.

El quebranto es enorme, y no te libras de él ni siquiera vendiendo el piso, porque en caso de liquidación de la hipoteca hay que seguir pagando esa cuota, que puede ser un dos un tres por ciento sobre el total de la hipoteca, por todos los años que se haya firmado el contrato.

Si alguno está en este caso, le recomiendo muy encarecidamente que plante cara al asunto de todos los modos posibles, desde la reclamación al propio banco, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y hasta los tribunales de justicia, alegando que el producto conlleva una extremada complejidad y que nunca se aclararon las cláusulas de manera suficiente.

Los bancos lo vendían como una estabilización de tipos o un escudo contra la subida del Euribor cuando en realidad era un warrant call sobre los tipos. ¿Y qué es un Warrant call? Eso para otro día, si os parece. Por hoy ya he invocado bastantes monstruos.

O que algún alma caritativa (y lúcida, que con caritativa no basta) lo explique en los comentarios. Se lo agradeceríamos todos de veras.

 

Hipoteca sin seguro de vida

Alojamiento barato y sin riesgo

Alojamiento barato y sin riesgo

Una de las exigencias más extrañas que nos hacen los bancos es la contratación de un seguro de vida para concedernos la hipoteca. En teoría, se trata de garantizar que en caso de fallecimiento podamos seguir pagando la hipoteca, de modo que el riesgo de impago disminuya, pero en la práctica, como ellos son los beneficiarios de esa póliza de seguro de vida, se trata de que el banco cubra sus rriesgos con nuestro dinero, de modo que el TAE se vea incrementado sin que aparezca en la hipoteca.

Fijaos:

Si el seguro de vida es un gasto obligatorio, resulta que lo que realmente pagamos anualmente por la hipoteca es  superior a lo que nos dicen, incrementando el coste y el diferencial de la hipoteca en unas décimas o incluso en un punto y pico, dependiendo del seguro de vida. Como esta cantidad NO pertenece en puridad a la hipoteca no tienen obligación de computarla en su publicidad, ni en el resumen de sus condiciones.

Por tanto, antes de contratar una hipoteca y para compararlas en condiciones homogéneas, hay que diferenciar  muy bien la hipoteca que lleva aparejada la obligatoriedad de un seguro de vida (o de hacer el pino puente, o de comprarse un coche amarillo) de aquella que es simplemente una hipoteca sin más.

No darse cuenta de esto es permitir que te cobren por lo que no has pedido.

 Anotad esta idea a todas las cosas que ya sabíais que hay que preguntar antes de comparar hipotecas. No pueden decirnos que las manzanas van a veinte céntimos el kilo, pero es obligatorio comprar también un juego de café.


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Línea de Crédito

Producto bancario en el que una entidad se compromete a facilitar crédito a un cliente hasta un límite determinado. Durante el período de vigencia de la línea de crédito, el prestatario puede disponer del mismo automáticamente. Estos préstamos, que pueden ser lineas de crédito con el aval de una vivienda o sin dicho aval, son cuentas rotativas, es decir, aunque se puede pedir un máximo prestado, se puede re-usar la porción que se va cancelando periódicamente.

Valor Catastral

Valor que da el Ayuntamiento a los inmuebles a efectos tributarios y que constituye la base imponible del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles). Está integrado por el valor del suelo o el terreno y el de la construcción, tomando como referencia su valor de mercado

Título de Propiedad

Escritura que acredita la propiedad de una finca y en la que se describe la fecha y forma en que se adquirió, así como las características principales de la misma.

Verificación Registral

Comprobación de la situación de la finca en el Registro de la Propiedad. Se puede hacer a través del examen directo de los libros, a través de nota simple informativa, o de una certificación del Registrador.

VPO (Vivienda de Protección Oficial)

Viviendas cuya tipología, dimensiones y precios están reglamentadas por la Administración, como condición para poder acogerse a determinadas ventajas tanto económicas como fiscales por parte de los compradores, los cuales, a su vez, deben reunir unas condiciones en cuanto a titularidad de inmuebles, ingresos familiares etc. Deben destinarse a domicilio habitual y permanenteLas hay de promoción pública, de promoción privada, de régimen general y de régimen especial. Tienen unos precios máximos de venta determinados por módulos.

Zonas Comunes

Son las zonas, dentro de un bloque de viviendas, que pertenecen a todos los integrantes de la Comunidad de Propietarios de forma proporcional (los jardines, las escaleras, los ascensores, patios, portal, …). Esta parte proporcional se suma a la superficie útil de la vivienda para calcular la superficie construida.

TAE

Es la Tasa Anual Equivalente de un préstamo. Es la transformación de las condiciones financieras a su equivalente anual, teniendo en cuenta los gastos y las comisiones. Sirve para comparar dos prétamos con diferentes condiciones, ya que los homogeniza. Para su cálculo se tienen en cuenta la periodicidad de pago, el tipo de interés nominal, el plazo y las comisiones iniciales.

Tasación

Valor de un inmueble certificado por sociedades constituidas al efecto. Mediante este certificado no sólo se conoce el valor real del inmueble, sino que además sirve de referencia para obtener la financiación necesaria. Su validez es de 6 meses.