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Vigile los intereses de su hipoteca

Uno de los ejes fundamentales sobre los que giran las hipotecas es el interés, el cual se puede definir como el monto agregado al costo del inmueble que se deberá pagar con la finalidad de poder disfrutar del crédito, es debido a esto que es muy importante que lo consideremos al momento de decidirnos por naturalizar el sueño de tener un hogar, analicemos un poco más esto.

Vigile los intereses de su hipoteca

Existen varios esquemas sobre los que las instituciones bancarias trabajan con la finalidad de poder ofrecer mayores opciones a sus clientes; una de las opciones que existen es manejar intereses congelados, es decir que el mismo interés se mantendrá durante toda la duración de nuestra hipoteca, de manera que el banco no podrá alterarla, aumentarla o disminuirla, durante la duración del contrato.intereses

El segundo esquema que muchas instituciones manejan es utilizando un interés que va cambiando con el tiempo, y se define dependiendo de la situación económica que estemos viviendo, muchas veces estos esquemas suenan más atractivos porque el interés manejado es menor que en otros esquemas, pero las dificultades pueden llegar en caso de que el ambiente económico haga que los intereses aumenten, en algunas ocasiones drásticamente.

Es muy importante preguntar a nuestro asesor sobre los tipos de interés que la institución maneja para aso poder seleccionar la que más se acomode a nuestras necesidades, también es importante que además de preguntar leamos sobre estas cuestiones en los contratos que se nos otorguen con la finalidad de estar seguros que todo el asunto legal está en orden por cualquier situación futura que se presente.

Gran palo a la usura. Tope a los intereses

A pasar por ventanilla

A pasar por ventanilla

De vez en cuando hablamos por aquí de los créditos rápidos y de en qué casos puede convenir pedir uno, o incluso de las reunificaciones de deudas y de sus posibles efectos, tanto salvadores, como tóxicos. Lo que decimos siempre, sin excepción es que al final hay que tener en cuenta que los intereses que se van a pagar son mucho más elevados, ha menudo hasta proporciones usurarias.

Pues bien: ese tema se ha aclarado por fin con una sentencia que salió ayer mismo y que vino a poner cierta claridad en lo que significaba jurídicamente en España el concepto de usura. A partir de esta sentencia, los tipos de interés que dupliquen el interés medio bancario, serán ilegales.

O sea, que si el interés medio es de un tres por ciento, ya no podrán cobrarse legalmente intereses del quince o del veinte por ciento, ni siquiera, como alegaban las compañías de créditos rápidos, para compensar el mayor riesgo que suponen estos productos financieros sin garantía, aval, estudio previo ni papeleo. Según la Sentencia del Supremo, estas condiciones justifican que los intereses puedan ser el doble, pero no más allá, y que si los riesgos van más allá, estaría bien que el préstamo no se concediese.

La sentencia, reza textualmente: “La concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, facilita el sobreendeudamiento de los consumidores y trae como consecuencia que quienes cumplen regularmente sus obligaciones tengan que cargar con las consecuencias del elevado nivel de impagos, lo que no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico”.

Ya era hora de que alguien lo dijese.

Según varias asociaciones de consumidores, algunas empresas de microcréditos llegaban a ofrecer préstamos a un TAE de incluso el 1000%. En general, y para lo que llevamos de año, el interés normal bancario para los créditos al consumo está alrededor del 9%, con lo que cualquier préstamo con un TAE por encima del 18% pasa a ser nulo.

A ver si alguien acaba de meter mano alguna vez a las comisiones de estudio de las hipotecas y todos esos gastos que se añaden, como pro arte de magia, cuando un hipotecado tiene problemas. Quizás ahí, más que en la dación en pago, podría estar una verdadero alivio y una solución justa.