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Una opción para no pagar la hipoteca

El padre de la idea

El padre de la idea

En este mundo litigante y litigioso, conde los políticos dejan a los jueces la función de gobernar, donde los empresarios dejan a los jueces la función de dirigir sus empresas y los trabajadores dejan a los jueces la obligación de defender sus derechos, era extraño que no se hubiese producido aún el trasvase hacia los jueces de la opción de no pagar las hipotecas.

Pero ya ha sucedido.

El antiguo juez Elpidio Silva, expulsado de la carrera judicial por un conflicto con Blesa (ya sabéis que en este país se echa a los jueces cuando atacan a según quién, ya sea el grupo PRISA o ya sea un banco, porque en eso no hay partidos diferentes) ha fundado un gabinete jurídico y ha lanzado su primera andanada contra la banca.

Es un poco complejo, pero trato de explicarlo.

La idea fundamental es que los bancos han titulizado sus hipotecas. Esto,  en forma de hipotecas subprime, es lo  que está en la base de la crisis de Lehman, que aún padecemos, consiste en empaquetar los créditos hipotecarios en otros productos financieros y venderlos como derivados. La jugada consiste en que los bancos sacan las hipotecas de su balance y las emplean como colateral para otras operaciones financiera.,

La gran pregunta jurídica es: una vez que los bancos han empaquetado las hipotecas en otros productos, y han vendido esos productos a tercero como colateral, ¿están los bancos legitimados parta pedir  el embargo de una vivienda tras el impago de la hipoteca?

O dicho en cristiano: Si los bancos han vendido a terceros la hipoteca, ¿les corresponde a ellos embargar la vivienda en caso de impago o será el propietario de esos títulos el único que pueda solicitar el desahucio?

La pregunta no es baladí, porque si los bancos no pueden solicitar la ejecución hipotecaria y deben hacerlo los tenedores del producto derivado, estamos ante el caso de que la propiedad de la hipoteca se ha fragmentado y no es tan fácil ejecutar la vivienda, ya que deberán ser los propietarios de este producto, todos y a la vez, los que soliciten la ejecución.

Como los bancos ya no son acreedores directos de esta deuda, deberían ser los acreedores de la deuda los que ostentasen los derechos de cobro. n¿Cómo es posible, jurídicamente, que el banco reclame una deuda de la que ya no es acreedor?

Esa es la pregunta que plantea Elpidio Silva y que os trasladamos hoy desde aquí.

Por mi parte, sin estar seguro de la respuesta, me parece que a algunos se les ha ido la mano con lo de los derivados financieros y que algo le ha salido mal, al menos en apariencia, al aprendiz de brujo…

Comienzan las expropiaciones temporales de vivienda en Andalucía

Heroína o Villana

Heroína o Villana

Muchos pensaban que todo quedaría en papel mojado, pero nada de eso, hoy mismo hemos asistido al inicio del primer proceso de expropiación temporal en Andalucía, con lo que una familia que iba a ser expropiada podrá quedarse en su vivienda pagando un alquiler social por la misma.

Este proceso se inicia sin que la Unión Europea se haya pronunciado todavía sobre si esta medida es compatible con la legislación europea sobre hipotecas y propiedad privada, con lo que todavía hay riesgo de que una vez llevado a cabo pueda ser revertido, ya que más de un experto coincide en el hecho de que este ley andaluza no cumpliría con los requisitos necesarios.

En cualquier caso, este caso concreto que ahora comienza a tramitarse de manera efectiva es un paso al frente de una Administración pública, por fin, para intentar poner solución a la crisis que nos sigue asolando y, sobre todo, dando una solución a las familias que se enfrentan al abismo de no poder pagar sus hipotecas.

La propietaria de este inmueble, situado en la provincia de Huelva, ha tenido que demostrar que sus ingresos son inferiores a los 542 euros, y ahora tendrá que abonar un alquiler social a la Junta de Andalucía por un total del 25% de sus ingresos, lo cuál le garantiza suficiente capacidad adquisitiva como para poder seguir viviendo de una manera digna.

Ahora bien, y más allá de lo que diga o deje de decir la Unión Europea, debemos de plantearnos el debate social y económico que esta situación genera. Una expropiación, aunque sea temporal, no deja de ser un atentado contra la propiedad privada, fundamento básico de nuestra sociedad actual.

Por otro lado, la situación de determinadas familias es agónica y con esta medida conseguirán aferrarse al clavo ardiendo del alquiler social para intentar salir adelante de la manera más digna posible.

Propiedad privada contra dignidad humana, ¿qué es más importante?, eso es un debate que todos nos debemos de hacer de manera individualizada en función de los argumentos que consideremos más oportunos, porque en base a ellos podremos construir la sociedad que nos gustaría en el futuro.

¿Se acabaron las hipotecas en Andalucía?

¿Tendrá razón el Ministro?

¿Tendrá razón el Ministro?

El Ministro de Economía, Luis de Guindos ha pronosticado el fin de las hipotecas en Andalucía como consecuencia del decreto de expropiación del Gobierno andaluz en función del cuál el Ejecutivo regional expropiará de manera temporal aquellas viviendas con hipotecas sobre familias en riesgo de exclusión social ante el riesgo de posibles desahucios. Además, este mismo decreto prevé que las personas jurídicas que mantengan en su propiedad viviendas que se encuentren vacías durante un plazo de, al menos, 6 meses, serán multadas.

Con ello, y según el Ministro, las entidades financieras se lo pensarán dos veces antes de conceder una hipoteca en territorio andaluz, ante la flagrante ruptura de las reglas del juego que se ha producido a mitad del juego y con todas las cartas ya repartidas. Algo que parece evidente en cuanto se analiza con cierta distancia la situación.

Nadie duda de la buena voluntad del Gobierno andaluz y, por supuesto, todos estamos de acuerdo en la necesidad de gran parte de las familias que recibirán el apoyo de estas medidas, ahora bien, tal vez ésta no sea la fórmula, ya que al final los grandes perjudicados seremos el conjunto de la población que veremos endurecidas las condiciones de nuestros créditos.

En lugar de esta medida, algunos expertos apuntan más a la posibilidad de exigir a las entidades financieras que han sido rescatadas a hacer fluir el crédito entre las empresas españolas. Con ello se conseguiría dinamizar la economía, generando empleo y logrando reducir drásticamente el número de familias en riesgo de exclusión social, ya que es el desempleo el causante de esta situación.

Se trataría, no hay duda, de una medida menos mediática y con rendimientos políticos menos inmediatos, pero, de la misma forma, sería mucho más rentable para la sociedad en el medio-largo plazo, ya que se generaría el caldo de cultivo necesario para fijar los cimientos necesarios que ayudarían a la reconstrucción de la economía española.

Algo con lo que nos beneficiaríamos todos, incluyendo las familias que están intentando ser protegidas con esta medida del Gobierno andaluz. En definitiva, no estamos para medidas demagógicas y de calado más mediático que real, alguien, aunque no veo a nadie capaz, debería de empezar a agarrar el toro por los cuernos.

Nuevos criterios de valoración del suelo

¿Dónde se habría escondido ester reglamento hasta ahora?

¿Dónde se habría escondido ester reglamento hasta ahora?

Hace un par de semanas, y ya con un pie en la calle, el actual gobierno aprobó el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo. Este reglamento, que aparecía contemplado desde la aprobación de la ley, ha tenido que esperar años para ver la luz, pero al fin lo tenemos en vigor para, en teoría, clarificar el funcionamiento del mercado del suelo, aumentar eficiencia y, sobre todo, hacerlo más transparente. O sea, algo que debería haberse aprobado hace mucho tiempo pero llega ahora.

Parece ser que con este reglamento se podrán combatir mejor las prácticas especulativas del suelo, y tiene gracia la cosa, porque mientras se especuló con los solares no había reglamento, y ahora que no se vende tierra ni para un geranio, sacan la norma. Seguramente la ausencia de norma beneficiaba a sus bolsillos y este recuerdo postrero beneficia a sus conciencias.

Pero no cantéis victoria: el famoso reglamento solo se aplicará en casos de expropiaciones, reparcelaciones, ventas y sustituciones forzosas, y en general en aquellos casos en que sea la administración la que deba pagar por un terreno. O sea, que ahora que están vacías las arcas públicas se trata de evitar que las indemnizaciones le salgan al Estado costosas. Pero para los particulares y los hipotecados, ni agua.

El contenido del nuevo reglamento ofrece fórmulas concretas de valoración para suelos rústicos y urbanos, de cara a su tasación y sustitución, eliminando la posible plusvalía, antes tan cara, de la posibilidad de que los terrenos fuesen recalificados. O sea, que se elimina el valor como expectativa.

En principio parece una buena idea, pues no era normal que el mayor coste de una autopista o una línea de ferrocarril fuese la expropiación de pedregales a precio de solares urbanizables, pero debo insistir en que esto, a los particulares, no nos va a ayudar gran cosa con nuestras futuras viviendas, pues en el tema de las recalificaciones municipales no se entra ni de lejos.

¿Vale más tarde que nunca? Pues no sé: preguntadle al ahogado que encontró un salvavidas en el fondo del mar…