Las hipotecas previas a la ley 2019

Hipotecas previas a la ley 2019: Los bancos pagarán los gastos de tasación

De acuerdo con la sentencia establecida por el Tribunal Supremo, los bancos deberán pagar los gastos de tasación de todas las hipotecas previas a la ley 2019. La resolución del Tribunal ha determinado que se deberán cubrir el 100% de los gastos de tasación en los préstamos hipotecarios formados antes de que la Ley de Crédito Inmobiliario de 2019 entrará en vigor.

Lo anterior representa un golpe fuerte para todas las entidades que se niegan a asumir los gastos de tasación en las hipotecas firmadas antes de dicha ley. Sin embargo, es importante aclarar que la restitución no se llevará a cabo de forma automática, sino que tendrá que ser declarada en cada caso por parte de las autoridades.

¿Por qué los bancos deben pagar los gastos de tasación de las hipotecas previas a la ley 2019?

La Justicia será la encargada de declarar la restitución en aquellos casos en los que se compruebe la abusividad de la cláusula en el contrato donde venga estipulado. Es decir, los titulares de hipotecas que se hayan visto afectados por esta situación, deben recurrir a la vía judicial para beneficiarse de la resolución del Tribunal Supremo.

Lo que dice la resolución es que el Tribunal Supremo ha resuelto que todos los gastos de tasación, cuando no sea aplicable la La Ley de Crédito Inmobiliario de 2019, de 15 de marzo, son responsabilidad de las entidades financieras, y no del consumidor. Es importante recordar que la Ley 5/2019 regula los contratos de crédito inmobiliario.

La restitución de otros gastos

El Tribunal Supremo también menciona que dicha doctrina también significa que todos los titulares de préstamos hipotecarios tienen derecho a que les sean restituidos otros gastos. Es decir, se les debe restituir también todos los gastos que hayan asumido por el pago de registro de propiedad, la gestoría, así como la tasación.

De hecho, las entidades también deben hacerse cargo de cubrir la mitad de los gastos notariales. El Tribunal Supremo igualmente aclara que únicamente el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, debe ser cubierto por el titular de la hipoteca, en los préstamos que hayan sido firmados antes de la nueva Ley.

¿Qué significa la resolución del Tribunal Supremo?

Es importante aclarar que dicha sentencia solamente afecta a las hipotecas firmadas antes de la Ley de Crédito Inmobiliario de 2019, y en cuyo contrato se establezca que la tasación debe ser abonada por el titular del préstamo.

En consecuencia, el Tribunal Supremo establece en una nueva doctrina, que los titulares de estas hipotecas, tienen derecho a que se les restituya todos los gastos que hayan asumido. Esto es, tanto la tasación, como la gestoría, el registro de la propiedad, y la mitad de los gastos notariales.

Por lo tanto, todos los afectados pueden reclamar al banco la restitución de todos estos pagos. Hay que decir que para llegar a dicha decisión, el Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de apelación en un caso en el que se ha visto involucrada la entidad Liberbank en la Audiencia Provincial de Cáceres.

Por obvias razones, es una noticia relevante para todos los titulares de hipotecas firmadas antes de la Ley 2019. Los bancos deberán hacerse cargo del 100% de los gastos de tasación y no los clientes.